viernes, 21 de mayo de 2010

Compulsa y Cotejo

En la semana recibí un exhorto de una junta local en Mexicali Baja California, en dónde le pedían al tribunal en auxilio a esa autoridad cotejo y compulsa de las condiciones de trabajo exhibidas como prueba documental por la parte actora en un juicio laboral en la frontera.

La ley no es muy clara con la diferencia entre el cotejo y la compulsa por lo que para entender sus diferencias, en principio la RAE nos dice que "Compulsa: Copia de un documento cotejada con su original." Por lo que no nos resuelve muchas dudas.

Pero jugando con los verbos y sus conjugaciones nos encontramos en que estriba la diferencia:

Compulsar: Cotejar una copia con el documento original para determinar su exactitud.

Cotejar: Confrontar algo con otra u otras cosas; compararlas teniéndolas a la vista.

El fundamento legal es este:

Artículo 799.- Si el documento original sobre el que deba practicarse el cotejo o compulsa se encuentra en poder de un tercero, éste estará obligado a exhibirlo.


Artículo 807.- Los documentos existentes en el lugar donde se promueva el juicio, que se encuentren en poder de la contraparte, autoridades o terceros, serán objeto de cotejo o compulsa, a solicitud de la oferente, por conducto del actuario.

Los documentos existentes en lugar distinto del de la residencia de la Junta, que se encuentren en cualquiera de los supuestos mencionados en el párrafo anterior, se cotejarán o compulsarán a solicitud del oferente, mediante exhorto dirigido a la autoridad que corresponda.

Para que proceda la compulsa o cotejo, deberá exhibirse en la audiencia de ofrecimiento de pruebas, copia del documento que por este medio deba ser perfeccionado.

Pues nada, eso es todo.

2 comentarios:

  1. Buena la duda, la compulsa que se saca una copia en auto del papel o sentencia original que se coteja con una segunda copia,Ejp.de la contraparte para ver si no fue Alterada o cambiada en letras.

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  2. Buena la duda, la compulsa que se saca una copia en auto del papel o sentencia original que se coteja con una segunda copia,Ejp.de la contraparte para ver si no fue Alterada o cambiada en letras.

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